Impuesto sobre juegos de EdoMex no implica doble tributación

El objeto del impuesto local es distinto al del IVA.

Mediante un comunicado de prensa foliado con el 058/2023 y fechado el 21 de febrero de 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informa que ha determinado que el impuesto local sobre diversiones, juegos y espectáculos públicos del Estado de México (impuesto local) no implica una doble tributación.

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