Cuáles intermediarios y agentes estarían obligados a emitir carta de porte

Interpretaciones de la nueva Regla 2.7.7.1.1.

El 6 de enero de 2023 Fiscalia publica el artículo “Problemática con carta de porte en 2023 para intermediarios y agentes” en la que se expone que, derivado de una modificación a las reglas misceláneas que regula la carta de porte digital, o bien, el Complemento Carta Porte (CCP) -como lo llama la autoridad fiscal-, se entiende que tanto intermediarios como agentes de transporte deben expedir un CFDI de tipo ingreso con los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF al que deben incorporar el CCP, el cual ampara la prestación de estos servicios y acreditan el transporte y la legal tenencia de los bienes o mercancías con su representación impresa, en papel o en formato digital.

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