Nuevo requisito de acreditamiento de IVA, incompatible con Complemento para Pago

La reciente jurisprudencia de no acreditamiento de IVA pagado mediante compensación es incompatible con el Complemento para Recepción de Pagos del CFDI.

El viernes 12 de agosto fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación una polémica jurisprudencia de un tribunal colegiado de circuito en la que se determina que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de una erogación cuya obligación se extinga mediante la figura civil de la compensación, no dará lugar al acreditamiento porque, si bien la obligación puede ser extinta mediante dicha figura, el requisito para acreditar el IVA de dicha erogación es que el impuesto debe ser pagado con dinero.

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