Cambio de residencia fiscal: Un trámite de imposible realización

Análisis de los requisitos y condiciones para realizar el trámite.

De acuerdo con el último párrafo del Artículo 9 del Código Fiscal de la Federación (CFF) las personas físicas dejen de ser residentes en México deberán presentar un aviso ante las autoridades fiscales, a más tardar dentro de los 15 días inmediatos anteriores a aquél en el que suceda el cambio de residencia fiscal. Cuando las personas físicas o morales omitan presentar dicho aviso, no perderán la condición de residentes en México.

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