Acuerdo 421/2006 del Consejo Técnico del IMSS

Modificación a salario de referencia de Zona 3 para beneficio a trabajadores eventuales del campo.

El 23 de diciembre de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que por el que se otorgan los beneficios y facilidades fiscales que se indican, a través del cual se exime parcialmente a los patrones del campo y a los trabajadores eventuales del campo del pago de las cuotas obrero patronales hasta por la diferencia entre la contribución determinada a partir del SBC señalado en el aviso afiliatorio del trabajador, y la contribución que resulte de acuerdo con las reglas generales que emita el Consejo Técnico del IMSS. Con fecha 11 de mayo de 2006 se publica en el DOF el Acuerdo número 57/2006 del Consejo Técnico del IMSS por el que se aprueban las Reglas para la aplicación de los beneficios fiscales y facilidades administrativas que se indican en el Decreto del Ejecutivo Federal, publicado el 23 de diciembre de 2005. Las facilidades del decreto mencionado consisten en efectuar al inicio del ciclo de cultivo o de la explotación ganadera o forestal, según corresponda, el pago de un entero a cuenta y realizar un ajuste al concluir dicho ciclo y, en su caso, el pago complementario que proceda. Para estimar el importe de los salarios de los trabajadores eventuales del campo y determinar así el importe del entero a cuenta, se incluye un Anexo 1 que contiene el Salario de Referencia por Zona, mismo que señala lo siguiente: Anexo 1 Salario de Referencia por Zona(en veces el salario mínimo) Zona 1 1.63 Zona 2 1.68 Zona 3 1.75 Nacional 1.68 Zonas Geográficas Determinadas Zona 1 (Z1) Zona 2 (Z2) Zona 3 (Z3) Chiapas Aguascalientes Baja California Colima Campeche Baja California Sur Guerrero Durango Chihuahua Hidalgo Guanajuato Coahuila México Jalisco Nuevo León Oaxaca Michoacán Sinaloa Puebla Morelos Sonora Quintana Roo Nayarit Tlaxcala Querétaro Veracruz San Luis Potosí Tabasco Tamaulipas Yucatán Zacatecas Ahora bien, con fecha 30 de noviembre de 2006 se publica el Acuerdo 421/2006 del Consejo Técnico del IMSS a través del cual se modifica el salario de referencia para la Zona 3, el cual se fija en 1.68 veces el salario mínimo general del área Geográfica respectiva, para quedar de la siguiente manera: Salario de Referencia por Zona (en veces el salario mínimo) Antes Ahora Zona 1 1.63 1.63 Zona 2 1.68 1.68 Zona 3 1.75 1.68 Nacional 1.68 1.66* * En el acuerdo no se especifica nada en relación con el “Nacional”, el cual es un promedio del salario de referencia par las tres zonas; sin embargo, al calcularse el promedio considerando el cambio en el salario de la Zona 3, se tiene un Nacional de 1.66  

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