Nuevo Reglamento Interior del IMSS

Se sustituye al Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Con fecha 18 de septiembre de 2006, se publica en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, que abroga al Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de noviembre de 1998. Este nuevo Reglamento entra en vigor el 19 de septiembre de 2006. Las modificaciones que en virtud del nuevo Reglamento se lleven a cabo a la estructura orgánica del IMSS, se deberán realizar mediante movimientos compensados y no aumentarán el presupuesto regularizable de servicios personales. Asimismo, el personal de las unidades administrativas que se suprimen o se modifican en ninguna forma resultará afectado en sus derechos ni prestaciones. En los términos y plazos que establezca el Consejo Técnico, los recursos humanos, materiales y financieros, así como, en su caso, los archivos y expedientes con los que actualmente cuentan las unidades administrativas del Instituto que se modifican o suprimen, serán transferidos a las nuevas unidades administrativas que correspondan. Las unidades administrativas que a la entrada en vigor del presente Reglamento, tengan asuntos pendientes, serán responsables de su trámite y resolución, hasta en tanto se concluya la transferencia mencionada. En el caso de las facultades del Delegado que son concurrentes con las señaladas para las Subdelegaciones, el Consejo Técnico, dentro de los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor del Reglamento, mediante reglas de carácter general que se publicarán en el Diario Oficial de la Federación, determinará los supuestos en que dichas facultades concurrentes serán ejercidas por el Delegado. Entre tanto, dichas facultades concurrentes serán ejercidas por las Subdelegaciones en el ámbito de su circunscripción territorial. Las menciones que se hagan en los reglamentos y demás disposiciones jurídicas o administrativas emitidas por el Consejo Técnico del Instituto, a las Direcciones de Administración y Calidad, de Planeación y Finanzas, y, de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, se entenderán referidas a los Órganos Normativos a que se alude en los artículos 69, 70 y 71 del nuevo Reglamento, respectivamente. El nuevo Reglamento Interior del IMSS está estructurado, en lo general, de la siguiente manera: Título primero - Disposiciones generales Título segundo - De los órganos superiores del instituto Capítulo primero - De la asamblea general Capítulo segundo - Del consejo técnico Capítulo tercero - De la comisión de vigilancia Capítulo cuarto - De la dirección general Título tercero Capítulo único - De la secretaría general Título cuarto - De los órganos normativos del instituto Capítulo primero - De la dirección de administración y evaluación de delegaciones Capítulo segundo - De la dirección de finanzas Capítulo tercero - De la dirección de incorporación y recaudación Capítulo cuarto - De la dirección de innovación y desarrollo tecnológico Capítulo quinto - De la dirección jurídica Capítulo sexto - De la dirección de prestaciones económicas y sociales Capítulo séptimo - De la dirección de prestaciones médicas Título quinto Capítulo único - Del órgano interno de control Título sexto Capítulo único De los demás órganos y unidades administrativas Título séptimo - De la desconcentraciónadministrativa Capítulo primero - De los órganos colegiados Capítulo segundo - De los órganos de operación administrativa desconcentrada Capítulo tercero - De los órganos operativos Título octavo - De las suplencias  

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