Aditivos alimenticios de origen vegetal para consumo animal: IVA tasa 0%

Criterio sustantivo de la PRODECON.

El artículo 2-A, fracción I, inciso b) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (Ley del IVA) señala, entre otros supuestos, que cuando se efectúe la enajenación de productos destinados a la alimentación, éstos se encuentran afectos a la tasa del 0% del IVA, con excepción de lo previsto, entre otros, en su numeral 4, relativo a los aditivos alimenticios, los cuales causan el IVA a la tasa del 16%.

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