Disposiciones aplicables a instituciones de fondos de pago electrónico

Obligaciones en materia de plan de continuidad y revelación de riesgos.

Con fecha 28 de enero de 2021 se publican en el Diario Oficial de la Federación las Disposiciones aplicables a las instituciones de fondos de pago electrónico a que se refieren los artículos 48, segundo párrafo; 54, primer párrafo, y 56, primer y segundo párrafos de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.

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