Actas circunstanciadas

Legalidad de su levantamiento.

De la interpretación sistemática de los artículos del CFF se desprende que establecen que, en los casos de visitas en el domicilio fiscal del contribuyente, la misma se realizará en el lugar o lugares señalados en la orden correspondiente, debiéndose levantar acta en la que se haga constar de forma circunstanciada los hechos u omisiones que se hubieren conocido por los visitadores.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.