Efecto en IVA de la aportación de activos y pago en acciones

Tratamiento definido en nueva regla miscelánea aplica a cualquier contribuyente.

El Artículo 34 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) regula el supuesto en que una contraprestación se pague en especie o en servicios, señalando que en las permutas y pagos en especie, el impuesto al valor agregado se deberá pagar por cada bien cuya propiedad se trasmita, o cuyo uso o goce temporal se proporcione, o por cada servicio que se preste.

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