Estar “no localizado” no implica desistimiento de solicitud de devolución

No es uno de los supuestos previstos en el Artículo 22 del CFF.

Del análisis al artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (CFF) se advierten de manera específica tres supuestos en los que la autoridad puede tener por desistida una solicitud de devolución, a saber:

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