Las personas físicas AGAPE a Mis Cuentas

Implicaciones del uso de la herramienta y obligaciones para sus facilidades.

A través de la modificación a la Regla Miscelánea 2.8.1.5. publicada en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, publicada el 18 de diciembre de 2019, se incorporan a la opción de utilizar la aplicación “Mis Cuentas” a las personas físicas que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, que hubieren percibido en el ejercicio inmediato anterior ingresos en una cantidad igual o menor a $4'000,000, o que se inscriban en el RFC y estimen que sus ingresos no rebasarán la citada cantidad.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.