Actas de asamblea no protocolizadas

Al tener el carácter de documentales privadas, las mismas deben de estar adminiculadas con otros medios probatorios para generar convicción al órgano juzgador de los hechos contenidos en ellas.

El artículo 133 del Código Federal de Procedimientos Civiles, establece que los documentos privados son aquellos que no reúnan los requisitos del artículo 129 de la Ley en comento.

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