Incidentes frívolos

No procede imponer sanciones económicas cuando no se acredite dicho carácter.

La Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo establece que cuando la promoción de un incidente sea frívola e improcedente se impondrá a quien lo promueva una multa de diez a cincuenta veces el salario mínimo general diario vigente en el área geográfica correspondiente al Distrito Federal.

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