Complementos de CFDI en página de SAT: Ocultos y sin fecha de vigencia

Problema de inseguridad jurídica en CFDI por inadecuada publicación de información.

Una de las obligaciones de los contribuyentes al expedir CFDI es la de incorporar un complemento según el tipo de operación que están realizando, y estos complementos únicamente se dan a conocer en la página de Internet del SAT. Su fecha de entrada en vigor es, por lo menos, 30 días posteriores a la publicación del complemento.

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