Declaraciones anuales informativas de partes relacionadas (Art 76-A LISR).

No procede conceder la suspensión solicitada en el juicio de amparo contra sus efectos y consecuencias.

Del proceso legislativo que culminó con la adición de dicho precepto mediante decreto publicado en el DOF 18 de noviembre de 2015, se advierte su finalidad no sólo de cumplir los compromisos internacionales asumidos por el Estado Mexicano en materia fiscal, específicamente, tratándose de precios de transferencia, sino básicamente implementar el plan de acción internacional que dote de herramientas útiles a las autoridades fiscales locales para prevenir, evitar y, eventualmente, sancionar una posible elusión y evasión fiscal, así como recaudar los tributos que el Estado tiene derecho a percibir.

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