Nueva versión obligatoria del DIM: Consecuencias de su tardía publicación

A 8 días del vencimiento, se libera una nueva versión del DIM.

El 30 de diciembre de 2005, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) liberó el software "Declaración Informativa Múltiple" (DIM) versión 3.3.0., que se utiliza para la presentación de las declaraciones informativas del ejercicio 2005 a presentar en 2006. Haber liberado en esa fecha ese sistema, daba a los contribuyentes oportunidad para preparar con anticipación las declaraciones informativa correspondientes. No obstante lo anterior, el 7 de febrero de 2006, a 8 días de que venza el plazo para la presentación de declaraciones informativas, el SAT publica una nueva versión del DIM 2006, la 3.3.1., la cual es obligatoria, y con la indicación de que "Se rechazarán archivos hechos con versiones anteriores del DIM"; es decir, quienes utilicen la versión 3.3.0. liberada el 30 de diciembre de 2005, se verán impedidos a presentar las declaraciones informativas porque el sistema del SAT no aceptará los archivos generados en esa versión. Ahora bien, de acuerdo con lo establecido en el séptimo párrafo del Artículo 31 del Código Fiscal de la Federación (CFF), los formatos electrónicos que se utilicen para la presentación de declaraciones, deben darse a conocer cuando menos con un mes de anticipación a la fecha límite de utilización, de lo contrario, su uso no es obligatorio. A continuación se trascribe dicho párrafo: Los formatos electrónicos (para presentar declaraciones) a que se refiere el primer párrafo de este artículo, se darán a conocer en la página electrónica del Servicio de Administración Tributaria, los cuales estarán apegados a las disposiciones fiscales aplicables, y su uso será obligatorio siempre que la difusión en la página mencionada se lleve a cabo al menos con un mes de anticipación a la fecha en que el contribuyente esté obligado a utilizarlos. De esta manera, se presenta la problemática para el contribuyente de estar obligado a cumplir con una obligación formal en una fecha límite establecida en las leyes, pero por otra parte, la propia autoridad no proporciona a los contribuyentes, dentro de los plazos establecidos en el CFF, los medios para que cumplan con dicha obligación. Para conocer más sobre las declaraciones informativas en el ejercicio 2005, consulta el artículo "Declaraciones Informativas 2006" publicado en la sección "Artículos". El DIM puede ser descargado desde la sección "Descargas" de Fiscalia, en la categoría "Software de la autoridad / SAT".  

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