Residencia en el extranjero

Elementos para acreditarla y ser beneficiario de un tratado internacional para evitar la doble tributación.

Del artículo 5 de la Ley del ISR, vigente en 2009, se advierte que los beneficios para evitar la doble tributación solo serán aplicables a los contribuyentes que acrediten ser residentes en el país de que se trate, y cumplan con las disposiciones del propio Tratado, así como con las demás contenidas en la propia ley.

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