Monto actualizado del valor de activos del Artículo 9 LIE

Se actualiza parámetro para solicitar resolución favorable para inversión extranjera.

El Artículo 9° de la Ley de Inversión Extranjera señala que cuando una inversión extranjera pretenda participar en una sociedad mexicana en proporción mayor al 49% de su capital social, se requerirá resolución favorable de la Comisión cuando el valor de los activos de las sociedades rebase el monto que determine anualmente la propia Comisión.

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