Pago en especie ¿Doble CFDI?

Comprobantes que deben emitirse en pago en especie.

A falta de flujo de efectivo, o simplemente por así convenir a sus intereses, en ocasiones las empresas liquidan deudas mediante la entrega de un bien; es decir, realizan un pago en especie. En estos casos, tanto para el Impuesto sobre la Renta (ISR) como para el Impuesto al Valor Agregado (IVA), se considera que se realiza una doble enajenación.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.