Pago en exceso y sobrecosto

Son conceptos diferentes.

La Ley Federal de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, dispone que tratándose de pagos en exceso que haya recibido el contratista, este deberá reintegrarlos más los intereses correspondientes.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.