Patrones del campo con dictamen IMSS: Podrán solicitar prórroga

Consideración a patrones adheridos a Reglas para regularizar trabajadores eventuales del campo.

De acuerdo con un comunicado emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) considerará que los patrones del campo obligados a dictaminar sus obligaciones de seguridad social, que se adhirieron a las Reglas para regularizar a los trabajadores eventuales, se ubican en los supuestos de fuerza mayor para solicitar prórroga para la presentación del dictamen, que señala el Artículo 162 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF). Lo anterior se debe a que el IMSS considera que la adhesión a ese programa de regularización origina que los trabajos a desarrollar para la verificación del cumplimiento de obligaciones deben atender a las premisas de dicho programa. Cabe aclarar que esto no significa que en automático se otorgue una prórroga a todos los patrones que se ubiquen en este supuesto, sino que será necesario que quienes lo consideren necesario soliciten dicha prórroga sabiendo de antemano que el IMSS la podrá otorgar por la razón mencionada. A continuación se reproduce el comunicado del IMCP. 29 de septiembre de 2005 Folio No. : 145/2004-2005 Asunto : Solicitud de prórroga por el programa de regularización de patrones del campo ante el IMSS A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS AL IMCP Como es de su conocimiento el próximo 30 del presente mes y año concluye el plazo para presentar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social los dictámenes sobre el cumplimiento de obligaciones ante dicho Instituto, por lo que los patrones del campo que presentaron avisos ante dicho Instituto por estar obligados, deben atender al plazo señalado. Por otra parte ese Instituto mediante su oficio circular número 095217 9000/06 dio a conocer durante el mes de junio último las Reglas del programa especial que deben observar los patrones con trabajadores eventuales del campo para regularizar voluntariamente su situación fiscal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social. Al respecto, se presentan casos de patrones obligados a dictaminarse que se adhirieron a las reglas antes mencionadas, lo que origina que los trabajos a desarrollar conforme a los procesos de verificación, deberán atender a las premisas que el multicitado Instituto deberá instrumentar respecto a los dictámenes que tienen la característica antes señalada. Ante tal circunstancia, consideramos que estamos ante los supuestos previstos en el artículo 162 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, y en su caso es procedente solicitar la prórroga prevista por dicho ordenamiento por presentarse una causa de fuerza mayor. Por todo lo anterior, les rogamos difundir ante sus asociados que en caso de que consideren necesario hacer una petición de prórroga, esta se envíe en los términos previstos por el ya señalado artículo 162 directamente a la Lic. Cristina González Medina Titular de la coordinación de Corrección y Dictamen del IMSS. Reciban un cordial saludo. *El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP C. P. C. Pablo Mendoza GarcíaPresidente c. c. Comité Ejecutivo Nacional 2004-2005  

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