El CFF no faculta para presumir que el combustible comprado es lo vendido

Cuando la contribuyente revisada no proporciona los controles volumétricos que permitan conocer el inventario inicial y final de cada mes del ejercicio auditado.

El artículo 59 fracción I del CFF vigente en el año 2008 establece que la autoridad podrá presumir que la información contenida en la contabilidad del contribuyente corresponde a operaciones celebradas por él, aun cuando aparezcan sin su nombre o a nombre de otra persona, siempre que se logre demostrar que al menos una de las operaciones contenidas en tales elementos fue realizada por el contribuyente.

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