Procedimiento administrativo disciplinario

Se debe otorgar la oportunidad al responsable de formular alegatos por escrito.

El artículo 47 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, contempla que se observarán las disposiciones del Código Federal de Procedimientos Civiles en las cuestiones relativas al procedimiento no previstas en el Título Segundo de dicho ordenamiento.

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