Costos y factores de mano de obra para la construcción

Publica el IMSS los datos para la determinación de cuotas obrero-patronales en la construcción.

El artículo 18 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, prevé que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene la obligación de establecer en cada ocasión en que se incrementen los salarios mínimos generales y de acuerdo al tipo de obra de construcción, privada o pública, el importe de la mano de obra por metro cuadrado o, el factor que represente dicha mano de obra sobre el importe de los contratos normados por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. El 22 de diciembre de 2004 se fijaron los salarios mínimos generales y profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2005, los cuales iniciaron su vigencia el 1° de enero de 2005. Ocho meses después de modificados los salarios mínimos, el 11 de agosto de 2005, se da cumplimiento a lo establecido en el Artículo 18 mencionado y se publica en el Diario Oficial de la Federación el “Aviso mediante el cual se dan a conocer los costos de mano de obra por metro cuadrado para la obra privada, así como los factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidos por la ley de obras publicas y servicios relacionados con las mismas para 2005”. Los datos contenidos el Aviso se reproducen a continuación: COSTOS DE MANO DE OBRA POR METRO CUADRADO PARA OBRA PRIVADA PARA 2005       AREA GEOGRAFICA SALARIAL TIPO DE OBRA A B C Bardas $ 230.00 $ 222.00 $ 215.00 Bodegas 306.00 297.00 289.00 Canchas de tenis 127.00 123.00 120.00 Casa habitación de interés social 511.00 496.00 481.00 Casa habitación tipo medio 607.00 588.00 572.00 Casa habitación residencial de lujo 793.00 768.00 747.00 Cines 592.00 573.00 557.00 Edificios habitacionales de interés social 494.00 479.00 466.00 Edificios habitacionales tipo medio 576.00 558.00 542.00 Edificios habitacionales de lujo 846.00 819.00 796.00 Edificios de oficinas 494.00 479.00 466.00 Edificios de oficinas y locales comerciales 653.00 633.00 614.00 Escuelas de estructura de concreto 457.00 442.00 430.00 Escuelas de estructura metálica 536.00 520.00 504.00 Estacionamientos 289.00 280.00 271.00 Gasolineras 341.00 331.00 321.00 Gimnasios 511.00 496.00 481.00 Hospitales 879.00 851.00 827.00 Hoteles 886.00 859.00 834.00 Hoteles de lujo 1,192.00 1,155.00 1,122.00 Locales comerciales 531.00 514.00 500.00 Naves industriales 453.00 440.00 428.00 Naves para fábricas, bodegas y/o talleres 318.00 308.00 298.00 Piscinas 406.00 392.00 382.00 Remodelaciones 521.00 505.00 491.00 Templos 488.00 473.00 459.00 Urbanizaciones 176.00 170.00 165.00 Vías de comunicación subterráneas y conexas 902.00 873.00 848.00   FACTORES (PORCENTAJES) DE MANO DE OBRA DE LOS CONTRATOS REGIDOSPOR LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS PARA 2005           AREA GEOGRAFICA SALARIAL TIPO DE OBRA A B C Aeropistas 14.50 14.00 13.75 Agua potable (material contratista) urbanización 17.00 16.50 16.00 Agua potable (material propietario) urbanización 33.00 32.00 31.00 Alumbrado público y canalizaciones telefónicas 40.50 39.25 38.00 Canales de riego 11.50 11.25 10.75 Cimentaciones profundas 5.50 5.25 5.25 Cisternas 15.50 15.00 14.50 Construcciones no residenciales 29.50 28.50 27.75 Contratos de mano de obra 76.00 76.00 76.00 Drenaje (vías terrestres) 27.00 26.25 25.50 Drenajes (material contratista) urbanización 21.00 20.25 19.75 Drenajes (material propietario) urbanización 35.00 34.00 33.00 Drenes de riego 11.50 11.25 10.75 Ductos para transporte de fluidos fuera de la planta petroquímica 10.50 10.25 10.00 Escolleras – obras marítimas 9.00 8.75 8.50 Escuelas de estructura de concreto 12.50 12.00 11.75 Escuela de estructura metálica 12.00 11.75 11.25 Espigones – obras marítimas 12.00 11.75 11.25 Líneas de transmisiones eléctricas 24.00 23.25 22.50 Metro (obra civil) 30.50 29.50 28.75 Metro (obra electromecánica) 9.00 8.75 8.50 Muelles (obra marítima) 15.00 14.50 14.00 Nivelaciones de riego 7.00 6.75 6.50 Pavimentación (vías terrestres) 10.00 9.75 9.50 Pavimentación - urbanización 17.50 17.00 16.50 Plantas hidroeléctricas 16.00 15.50 15.00 Plantas para tratamiento de agua 14.50 14.00 13.75 Plantas petroquímicas 17.50 17.00 16.50 Plantas siderúrgicas 40.50 39.25 38.00 Plantas termoeléctricas 18.50 18.00 17.50 Plataformas marinas 9.50 9.25 9.00 Pozos de riego 7.50 7.25 7.00 Presas (cortinas, diques y vertederos) 11.50 11.25 10.75 Puentes (incluye terraplenes) 21.00 20.25 19.75 Puentes (no incluye terraplenes) 20.00 19.50 18.75 Remodelaciones en general 18.00 17.50 17.00 Remodelaciones de escuelas 8.00 7.75 7.50 Subestaciones 22.00 21.25 20.75 Terracerías 11.50 11.25 10.75 Túneles (suelos blandos) 24.50 23.75 23.00 Túneles (suelos duros) 14.00 13.50 13.25 Viaductos elevados 25.00 24.25 23.50 Vías férreas 15.00 14.50 14.00 Viviendas de interés social 29.50 28.50 27.75 Viviendas residenciales 28.00 27.25 26.25  

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.