Naturaleza de las pérdidas fiscales

En relación con el impuesto relativo.

Las pérdidas fiscales se integran por erogaciones necesarias para la generación de los ingresos objeto del ISR, por lo que son un concepto estructural para determinar la utilidad fiscal y, en su caso, el resultado fiscal en materia de dicho impuesto, que permiten subjetivizar el gravamen, adecuándolo a las circunstancias personales del contribuyente, frenar o corregir los excesos de progresividad, coadyuvar a la discriminación cualitativa de rentas, o bien, rectificar situaciones peculiares derivadas de transferencias de recursos que son un signo de capacidad contributiva.

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