29/Jun/04 9:52
Re: Duplicado de Declaracion
Saludos...!!
Hola "jcastro", las personas fisicas gozan de un plazo adicional para presentar los pagos de ciertos impuestos de acuerdo al sexto digito de su RFC (el IVA se incluye en estafacilidad...)
Dígitos 1 y 2 día 17 más un día hábil.
Dígitos 3 y 4 día 17 más dos días hábiles.
Dígitos 5 y 6 día 17 más tres días hábiles.
Dígitos 7 y 8 día 17 más cuatro días hábiles.
Dígitos 9 y 0 día 17 más cinco días hábiles
Solo recuerda que la facilidad no aplica tratandose de contribuyentes que esten OBLIGADOS a dictaminar su estados financieros...!!!
Fundamento: Artículo Cuarto del DECRETO por el que se exime del pago de los impuestos que se mencionan y se otorgan facilidades administrativas a diversos contribuyentes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 2002
Es por ello que pregunte como tributa tu cliente...! checa la facilidad y ve si aplica en este caso...!
Suerte...!
:evil: ME GUSTARÍA SER TÚ... PARA TENER UN AMIGO COMO YO...!!!
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