27/Nov/24 18:51
Pagos por ayuda cultural y deporiva
Que tal estimados Colegas!!!
Los pongo en contexto y ojala me puedan ayudar.
Una persona moral en el año 2020, efectuó pagos a sus trabajadores por concepto de a 'ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS', dichos pagos fueron a través de sus nominas junto con los salarios normales. (dichos pagos estas contemplados en el contrato de cada trabajador y se otorgan de manera general)
Actualmente la autoridad fiscal ejerce sus facultades de comprobación y le están rechazando sin mas ni menos por que dichos pagos no se consideran previsión social esto debido a que no se acreditó que dichos pagos hayan sido para tal fin, es decir 'ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS'
Por lo anterior la duda radica en lo siguiente: aun y cuando dichos pagos se otorgan de manera general y se encuentran estipulados en los contratos (atendiendo lo establecido en el articulo 7 de la LISR), es procedente rechazarlo por no tener un control interno en el que se acredite los tipos de actividades culturales llevados a cabo y que realmente fueron utilizadas para realizar actividades de carácter cultural o deportivo.
Por lo que en caso de que tengan alguna fundamentación, tesis o jurisprudencia que me ayude a desvirtuar tales señalamientos por la autoridad. o en su caso coménteme si la autoridad en este caso tiene la razón.
Gracias!!!!