Un trabajador dado de alta en el imss falleció, fue tan rápido que no hubo tiempo de qe tramitara su incapacidad. En este caso cuando se debe dar de baja y bajo que concepto?
Gracias
icadena Capitán Segundo Mensajes:
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05/Abr/24 09:45
Re: Baja en el IMSS por fallecimiento
No le veo mucho caso tratar de hacer algo con la incapacidad ya que de entrada el interesado debe hacer ese trámite si o si.
La fecha de Baja también no tiene mucho a donde hacerse, es la fecha de fallecimiento, no puede ser otra.
Bajo el concepto de Fallecimiento.
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
Cheque General de Brigada Mensajes:
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05/Abr/24 10:08
Re: Baja en el IMSS por fallecimiento
RACERF
Artículo 57. Los patrones o sujetos obligados deberán comunicar al Instituto, a través de los medios autorizados, las bajas de los trabajadores cuando termine la relación laboral o dejen de ser sujetos de aseguramiento, en el plazo de cinco días hábiles, contado a partir del día siguiente de la fecha en que se dé el supuesto respectivo.
En el caso de la presentación del aviso de baja, dentro del término legal, éste surtirá sus efectos a partir de la fecha señalada por el patrón en dicho aviso, teniéndose como cotizado el día que se señale como fecha de la baja.
En el caso de la presentación extemporánea del aviso de baja, éste surtirá sus efectos a partir del día siguiente al de su recepción por el Instituto, con excepción de los casos en que el propio Instituto hubiese dictaminado pensiones de riesgos de trabajo o de invalidez, en cuyo caso la baja surtirá sus efectos a partir de la fecha que en el mismo se señale.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
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