21/Sep/23 13:09
UTILIDADES SOLO A UN SOCIO
Buenas tardes
La LGSM indica que las utilidades s deben repartir en funcion de las aportaciones de los socios una vez aprobados los edos fin en el acta correspondiente.
Mi duda, la cual solicito su apoyo, es; pueden decretarse dividendos solo a un accionista? supongamos que son 5 accionistas con 20% c/u pero solo uno quiere dinero, es procedente? legalmente hablando, supongo que si por que asi lo decide el organo supremo de la PM, empero, me queda al duda.
Que opinan?
Saludos
Editado: Septiembre 21, 2023 13:14:24
cj