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14/Sep/23 09:06
Renta o servicio chofer?

Buen día.

Tengo la siguiente situación, en el caso de automoviles:

Art. 28 LISR

XIII ................................................

Tratándose de automóviles, sólo serán deducibles los pagos efectuados por el uso o goce
temporal de automóviles hasta por un monto que no exceda de $200.00, diarios por automóvil o $285.00, diarios por automóvil cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como por automóviles eléctricos que además cuenten con motor de
combustión interna o con motor accionado por hidrógeno, siempre que además de cumplir con
los requisitos que para la deducción de automóviles establece la fracción II del artículo 36 de
esta Ley, los mismos sean estrictamente indispensables para la actividad del contribuyente.
Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable tratándose de arrendadoras, siempre que los
destinen exclusivamente al arrendamiento durante todo el periodo en el que le sea otorgado
su uso o goce temporal.

En el caso de una empresa, en lugar de pagar por renta de automóviles, paga servicios de renta de auto con chofer ¿cae en el tope del art. 28?, sin ser esta renta en otra ciudad, es decir no son por gastos de viaje, sino que lo hace en la ciudad donde tiene su domicilio fiscal.

Qué diferencia podría tener el caso comentado, contra un gasto por servicio de traslado, sin ser renta, pagando cada mes a un chofer que tiene su auto y le facture por este servicio.

¿Terminan siendo lo mismo en ambos casos para efectos de tope de deducibilidad?
 
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BR1
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14/Sep/23 11:04
Re: Renta o servicio chofer?

Que onda BR, el truco está en la conceptualización del servicio, si lo manejas como renta, vas a caer en los topes, lo tienes que manejar como un servicio de mobilidad, que puede ser con chofer o sin chofer, pero sin referencia alguna a que se considere renta, incluso el costo lo puedes manejar por kilometraje, etc.
 
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14/Sep/23 15:28
Re: Renta o servicio chofer?

En el caso de una empresa, en lugar de pagar por renta de automóviles, paga servicios de renta de auto con chofer ¿cae en el tope del art. 28?, sin ser esta renta en otra ciudad, es decir no son por gastos de viaje, sino que lo hace en la ciudad donde tiene su domicilio fiscal.
Sería tipo la facturación de UBER
 
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CP_PACO
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15/Sep/23 09:07
Re: Renta o servicio chofer?

Seguiré analizando el tema, para 'cuadrarlo' bien.

Gracias
 
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BR1
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15/Sep/23 09:16
Re: Renta o servicio chofer?

Costo-Beneficio de tener un vehículo utilitario para estos efectos.
 
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CP_PACO
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15/Sep/23 09:41
Re: Renta o servicio chofer?

he visto estos esquemas como simulaciones para sacarle la vuelta al tope de deducción de vehículos, espero que este planteamiento no sea lo mismo
 
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15/Sep/23 10:08
Re: Renta o servicio chofer?

he visto estos esquemas como simulaciones para sacarle la vuelta al tope de deducción de vehículos, espero que este planteamiento no sea lo mismo


Y cómo lo manejan?

Para ver no caer en algo que se pueda malinterpretar.

:eek:
 
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BR1
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15/Sep/23 11:45
Re: Renta o servicio chofer?

No sé si llamarlo simulación, empezamos a usar el término casi para cualquier cosa que no sea seguir el tratamiento tradicional o la forma de hacer transacciones o cubrir necesidades.

Simulación tributaria se define como la declaración de voluntad de un contenido no real emitida conscientemente y, de acuerdo entre las partes, para producir, con fines de engaño, la apariencia de un negocio jurídico que no existe (simulación absoluta) o es distinto de aquel que realmente se ha llevado a cabo.

Yo creo que en la medida que la necesidad de la cia se cubra de una manera diversa y se documente bien, no estoy seguro de si se pueda afirmar categoricamente que es una simulación.
 
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15/Sep/23 12:55
Re: Renta o servicio chofer?

nos compartes por favor BR1 tus conclusiones
 
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CP_PACO
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