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12/Sep/23 09:28
IMSS debe proporcionar implante coclear

Seguridad Social septiembre 12, 2023

Tribunal concede amparo a niño con discapacidad auditiva en México

Fiscalia - C.I.F.
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A través del comunicado de prensa 317/2023, fechado el 7 de septiembre de 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informa sobre la decisión en la que se determina que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene obligación de proveer aparatos auditivos.

La Segunda Sala de la SCJN otorgó amparo a un niño con discapacidad auditiva para que el IMSS proporcione atención médica completa y garantice la colocación de un implante coclear u otro dispositivo adecuado, incluyendo rehabilitación.

El Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS excluye los aparatos auditivos, lo que viola el derecho a la protección de la salud.

De acuerdo con la Corte, los derechos de salud y seguridad social de los niños, especialmente aquellos con discapacidades, son de suma importancia, y las autoridades tienen el deber de garantizarlos al máximo de los recursos disponibles en beneficio del interés superior de la infancia.

A continuación, se reproduce el comunicado de referencia.

No. 317/2023

Ciudad de México, a 07 de septiembre de 2023

IMSS DEBE GARANTIZAR DERECHO A LA SALUD DE NIÑO CON DISCAPACIDAD AUDITIVA Y PROPORCIONAR IMPLANTE COCLEAR

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó el amparo a un niño con una discapacidad auditiva para que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) proporcione atención médica integral y tome las medidas necesarias para garantizar la colocación de un implante coclear o de cualquier otro dispositivo que resulte apto para su tratamiento, incluyendo la rehabilitación correspondiente.

El hecho de que el Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS excluya del seguro de enfermedades y maternidad el otorgamiento de aparatos auditivos, impide que el instituto conceda estas prestaciones de manera directa o a través de convenios con otros hospitales, lo cual lesiona el derecho a la protección de la salud, reconocido en la Constitución Federal y los tratados internacionales de los que México forma parte.

La Sala resaltó que, tratándose de niñas, niños y adolescentes, los derechos de protección a la salud y a la seguridad social adquieren especial relevancia, sobre todo si sufren alguna discapacidad, puesto que el interés superior de la infancia impone a todas las autoridades el deber de garantizar, hasta el máximo de los recursos disponibles, la protección y materialización de sus derechos.

Amparo en revisión 393/2023. Ponente: Ministro Alberto Pérez Dayán. Resuelto en sesión de 6 de septiembre de 2023 por unanimidad de cinco votos.
 
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Re: IMSS debe proporcionar implante coclear

Interesante este antecedente.
 
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