31/Ago/23 13:04
¿Se deben incluir en la declaración informativa de préstamos superiores a $600,000 los recibidos mediante transferencia electrónica?
Buenas tardes foro.
En relacion a la presentacion de la información de préstamos o aportaciones para futuros aumentos de capital se establece la obligación de informar lo correspondiente a los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que se reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, siempre y cuando sean mayores de 600,000.00 pesos.
En ese sentido la LISR ante especificaba que se entendía por efectivo:
'se entenderá como efectivo, aquellas operaciones realizadas en moneda nacional o extranjera de curso legal, no quedando comprendidas en éstas las operaciones realizadas, entre otras, mediante cheque, traspasos de cuentas o transferencias electrónicas'.
Actualmente la Ley ya no especifica que las transferencias electrónicas no se consideren efectivo.
Mi pregunta es si actualmente las transferencias electronicas se tengan que reportar en información de préstamos o aportaciones para futuros aumentos de capital .
Quedo atento a sus comentarios.
Saludos.