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15/Jun/23 08:45
LIMITE DE EFECTIVO LEY DE LAVADO

En una operacion de venta de automovil de una agencia le recibimos a un cliente en enero de 2023 el limite de efectivo que marca la ley de lavado para comprar un auto, cuando podre volver a recibirle de nuevo efectivo? cuanto tiempo tiene que pasar? ahora en junio quiere otro vehiculo y pagar nuevamente con efectivo, se puede?
 
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BRODRIGUEZ
Sargento Segundo

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15/Jun/23 09:48
Re: LIMITE DE EFECTIVO LEY DE LAVADO

Hola, necesitas darle una leída a la Ley anti lavado, su Reglamento y Reglas, en específico al punto de restricciones de uso de efectivo, la respuesta corta es que el límite es por única ocasión, la propia regulación prevee que si hay pagos en partes, incluso en períodos distintos, se considera una sola transacción. Tienes que entender la pretensión de la norma para que te quede claro que no le puedes sacar la vuelta ya que estarías violentando la razón de su existencia. Sobre el mismo vehículo no le puedes aceptar más efectivo, ni este mes, ni el otro, ni el resto del año, ni el siguiente ni los siguientes.

La única que se me ocurre para otro vehículo es que lo hagas por otra entidad legal que no sea relacionada de la primera, sino se puede interpretar que te estas coludiendo para evadir la ley.

Las multas son de 1 a 7 millones de pesos, no sé cual sea tu ganancia en la venta de estos autos, pero no creo que valga tanto la pena para correr el riesgo.

Participar en operaciones por las que se prohíbe el uso de efectivo y metales preciosos (Artículo 32). Cuando la operación sea cuantificable en dinero, se aplicará la multa que resulte mayor entre el 10% o el 100% del valor del acto, y la que se indica a continuación en términos monetarios: 10000 65000 $1,037,400.00 $6,743,100.00
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
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15/Jun/23 10:10
Re: LIMITE DE EFECTIVO LEY DE LAVADO

si me queda claro todo eso pero ya lei y ni el reglamento ni ley menciona algo de lo que necesito saber para entender si el limite es por acto o por cliente. no lo aclara

Gracias de todas maneras
 
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BRODRIGUEZ
Sargento Segundo

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15/Jun/23 10:18
Re: LIMITE DE EFECTIVO LEY DE LAVADO

Debería ser por acto
 
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CP_PACO
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18/Jun/23 13:39
Re: LIMITE DE EFECTIVO LEY DE LAVADO

Que concluiste BRodríguez?
 
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CP_PACO
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19/Jun/23 08:24
Re: LIMITE DE EFECTIVO LEY DE LAVADO

Lo consulte con un super especialista del tema el Sr Fernando Lascurain y me dijo que era por acto o por operacion, no por RFC , entonces por factura

Gracias
 
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BRODRIGUEZ
Sargento Segundo

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19/Jun/23 10:54
Re: LIMITE DE EFECTIVO LEY DE LAVADO

Perfecto Bere... entonces coincidimos en la respuesta inicial de que debe de ser por acto.

Gracias!
 
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CP_PACO
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20/Jun/23 00:26
Re: LIMITE DE EFECTIVO LEY DE LAVADO

Concuerdo con Cheque

La LIORPI marca 1 limite anual.... es decir, si rebasas esta torancia manda informar quienes son las partes y quien entrega el efectivo.. Posteriormente prevalecen mas operaciones semejantes, pues todas se tranparentan pues ya no puede quedar dentro de la tolerancia.

Lee bien. La tolerancia jamas se indica por transacciones.... se supone que es para todas las transacciones en el año. Solo prevalece 1 sola tolerancia, al momento de rebasarse asi se la primer trasaccion en el año... pues en este caso informas todas las transacciones que vienen superando a la tolerancia. Si la primera ya lo supero, declaras la primera y hasta ultima del año. Pues ni la primera se salvo de la tolerancia.

Si caben 3 operacoines dentro de la tolerancia, quiere decir que las primeras 3 pues no las transparentas, pero las subsecuentes ya sobre pasan la tolerancia, de la 4ta en adelante se tendria que declarar en adelante y hasta la ultima en el año, sin excepcion.
 
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad
 
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ers9727
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