22/May/23 12:59
RETENCION POR PAGOS AL EXTRANJERO
Hola que tal buen día acudiendo a el foro para leer sus comentarios respecto de este caso que comentare:
La empresa pago un servicio profesional a un residente en el extranjero
De acuerdo con la LISR se le retendrá el 25%
El tratado no me da tasa preferencial ya que excluye a las personas morales o su equivalente...
El precio del servicio es por 1000 USD
En el deber ser se le debería haber efectuado la retención sobre los 1000
Caso A
Invoice 1000
Retención 250
Pago 750
Ahora bien, el otro criterio que tengo es el de piramidar (grossing up)
Caso B
Invoice 1000
Retención 333.33
Pago 1000
La duda central del planteamiento es referente a el tema del IVA en importación
La base del IVA seria:
Invoice 1000
Retencion 333.33
Servicio: 1333.33
IVA 213.33
¿es correcta la postura?
Ya que encuentro varias opiniones donde mencionan que debería piramidar el pago completo, es decir
Base 1098.90
IVA 175.82
Retencion 274.73
Pago 1000
Por lo cual me genera confusión
agradezco de ante mano sus comentarios, que tengan buen día
Editado: Mayo 26, 2023 14:17:23
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Said_CUG
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23/May/23 00:03
Re: RETENCION POR PAGOS AL EXTRANJERO
No me queda claro tu caso, que servicio es?, se presta en el extranjero?. El tratado no excluye PMs, sino más bien es que en algunos casos no aplica retención como beneficio empresarial o no hay fuente de riqueza si el servicio se presta fuera de México.
Porque la piramidación?, no aceptes clausula de pagos netos, si hay algún ISR, le das una constancia al extranjero para que lo acredite en su país, esa retención no se pierde, una parte del pago va en cash, la otra con constancia.
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
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Cheque
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23/May/23 12:29
Re: RETENCION POR PAGOS AL EXTRANJERO
Buen día Cheque, el servicio prestado es asistencia técnica, lo presta el extranjero sin EP en territorio nacional, el servicio ya fue liquidado por lo que esta en revisión del caso para cubrir lo que no se cubrió
El tratado no excluye PMs
En algunos cursos tomados, me han hecho hincapié en que se tenga especial atención en la cuestión literal del tratado
Por lo que en el articulo 14 hace la mención precisa de 'persona física' es por ello que mencione lo de la exclusión
Saludos y gracias por tu tiempo
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Said_CUG
Sargento Segundo
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23/May/23 12:47
Re: RETENCION POR PAGOS AL EXTRANJERO
Por lo que en el articulo 14 hace la mención precisa de 'persona física' es por ello que mencione lo de la exclusión Si el marco legal lo ubica, solo aplicaría a PF
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
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CP_PACO
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24/May/23 10:30
Re: RETENCION POR PAGOS AL EXTRANJERO
Es correcto CP_PACO
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Said_CUG
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24/May/23 12:20
Re: RETENCION POR PAGOS AL EXTRANJERO
Te sugiero que revises lo siguiente:
a) País de residencia del extranjero
b) Normalmente la Asistencia Técnica tiene una retención de ISR del 10%, de acuerdo a los tratados para evitar la doble tributación
c)El IVA se aplica de manera virtual, es decir, lo causas y lo acreditas.
Espero que te sirvan las pistas . . .
Vive de tal manera que cuando alguien hable mal de ti, nadie lo crea.
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Lukard
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24/May/23 16:34
Re: RETENCION POR PAGOS AL EXTRANJERO
Ok AT la fuente de riqueza es pagador mexicano, obten la constancia de residencia para aplicar la tasa de retención menor, sino tendrás que aplicar 25% y luego piramidar porque entiendo ya pagaste el servicio y no lo puedes descontar de transacción futura.
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
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Cheque
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03/Ene/24 13:39
Re: RETENCION POR PAGOS AL EXTRANJERO
Buenas tardes
quiero aprovechar este POS
tenemos un pago en al extranjero PM mexico a PM extranjero, la actividad se realiza 80% en el extranjero
¿ cabe hacer la retencion?
saludos y quedo atento
Editado: Enero 03, 2024 13:40:01
Pagina facebook: Despacho contable gonzalez y ac
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LC.GONZALEZ
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07/Ene/24 23:50
Re: RETENCION POR PAGOS AL EXTRANJERO
LC Gonzalez, la fuente de riqueza depende del concepto, en algunos casos es el pagador con independencia de donde se preste el servicio y en otros casos es cuando la prestación ocurre en México, y si es parcial, aplicaría por la prestación realizada en México, solo cuida el tema del EP.
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
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Cheque
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08/Ene/24 09:08
Re: RETENCION POR PAGOS AL EXTRANJERO
Tener cuidado con desde donde se realiza el pago, donde se aprovecha; si es parcial tener identificado como es que se consuma la realización del mismo.
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Said_CUG
Sargento Segundo
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