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15/Ago/22 20:09
ART. 16 LIF....

BUEN DIA

LEYENDO EL ART 16 LIF 2022, EXISTE UN ESTIMULO PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE ADQUIERAN DIESEL Y LO UTILICEN EN SUS MAQUINARIA

SI YO ADQUIRI EN EL EJERCICIO 100,000 DE DIESEL (FACTURA NETO), COMO HAGO EL CALCULO PARA DETERMINAR CUANTO ME PUEDO ACREDITAR DE IEPS VS EL ISR

DE ANTEMANO GRACIAS POR SUS COMENTARIOS
 
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15/Ago/22 21:51
Re: ART. 16 LIF....

Para definir el monto del estímulo a aplicar por los contribuyentes, conviene transcribir el tercer párrafo de la fracción IV del artículo 16 de la LIESPS:

Para los efectos del párrafo anterior, el monto que se podrá acreditar será el que resulte de multiplicar la cuota del impuesto especial sobre producción y servicios que corresponda según el tipo de combustible, conforme al artículo 2o., fracción I, inciso D), numeral 1, subinciso c) o el numeral 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, con los ajustes que, en su caso, correspondan, vigente en el momento en que se haya realizado la importación o adquisición del diésel o del biodiésel y sus mezclas, por el número de litros importados o adquiridos.
 
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