09/Ene/23 08:43
Re: EXTRANJERO RESIDENTE EN MEXICO VENDE CASA UBICADA EN ITALIA
La residencia permanente no es un concepto fiscal, sino migratorio, lo que debes revisar es si hay residencia fiscal, pareciera ser que si, para ello debes revisar los supuestos del CFF.
¿Debe declarar en la anual el ingreso percibido por la venta de casa habitación en Italia?
R=En México si, asumiendo que califique como residente fiscal.
¿La exención de los 300,000 udis aplican tambien para inmuebles ubicados en el extranjero?
R=Si.
¿De generar un ISR en mexico por esta situación, se podría acreditar el impuesto pagado en el extranjero conforme al Artículo 5 de la Ley de ISR?
R=Si, pero dices en otro comentario que está exento, entonces no hay nada que acreditar.
Cabe señalar que (segun comentarios del extranjero), en italia , pasado 5 años de haber adquirido el inmueble,
no genera impuestos en ese país por su enajenación, lo que entiendo esta exento.
¿Como afectaría esta situación en México?
R=Que no tendría nada que acreditar, tu cliente es experto en Impuestos en Italia, sino, sugeriría que se asesoren con un especialista y no te quedes con el dicho del cliente. En Mexico hay gente que hace sus anuales siguiendo un Tik Tok y a los meses están pidiendo ayuda porque les llegó un requerimiento o no les devuelven.
Mi sugerencia: has un post por pregunta, si pones muchos, con uno que no se sepa alguien, no te van a responder.
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.