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14/Jul/22 10:18
Pasteleria Iva Acreditable en Gastos y Compras

Buen dia: comenzare a llevar impuestos de una pasteleria, pero desconozco el trato fiscal que se le da a los gastos y compras, ya que para venta si se tiene que trasladar el 16% de iVA, pero mi duda es en los gastos y compras, ya que muchos vienen a tasa 0%, tendre que pagar siempre iva en la declaracion mensual ?? saludos esperando su apoyo en el tema.
 
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ivansalas76
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14/Jul/22 10:36
Re: Pasteleria Iva Acreditable en Gastos y Compras

Se desglosa el IVA por la venta y IEPS, gastos asi es en algunos casos tiene tasa 0 por la cuestion del producto y en su caso pide que se desglose el IEPS en aquellos que si para que puedas acreditar
 
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Jose_fiscal
Cabo

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14/Jul/22 10:43
Re: Pasteleria Iva Acreditable en Gastos y Compras

Gracias JOSE_FISCAL, entonces es una mala idea tener una pasteleria jejeje, por la controversia de las tasas al 16% y 0% de Iva, y a fin de cuentas pagarias la diferencia del 16 Vs el 8% del ieps y algunas compras y gastos al 16%, muy amable por tu mensaje, saludos cordiales !
 
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ivansalas76
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14/Jul/22 13:43
Re: Pasteleria Iva Acreditable en Gastos y Compras

Hola,

Hay que recordar que solo esta gravada si la venta es a restaurantes o tipo de negocios que la comercien, si es al publico en general es a tasa 0, lo que si paga y bastante es ieps....

Saludos cordiales.
 
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MAESTHER
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15/Jul/22 12:38
Re: Pasteleria Iva Acreditable en Gastos y Compras

MAESTHER

Ah carau bajo que supuesto es tasa cero a unos si y a otros no?
 
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Jose_fiscal
Cabo

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15/Jul/22 12:51
Re: Pasteleria Iva Acreditable en Gastos y Compras

Menciona Artículo 2-A Actos o actividades gravadas a la tasa 0%.
'Se aplicará la tasa del 16% a la enajenación de los alimentos a que se refiere el presente artículo preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, inclusive cuando no cuenten con instalaciones para ser consumidos en los mismos, cuando sean para llevar o para entrega a domicilio.'


El artículo es el 10-A, que señala, a la letra, lo siguiente:

Para efectos del artículo 2o.-A, fracción I, último párrafo de la Ley, se considera que no son alimentos preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, los siguientes:



V. Productos de panificación elaborados en panaderías resultado de un proceso de horneado, cocción o fritura, inclusive pasteles y galletas, aun cuando estos últimos productos no sean elaborados en una panadería.

No será aplicable lo previsto en el presente artículo, cuando la enajenación de los bienes mencionados en las fracciones anteriores, se realice en restaurantes, fondas, cafeterías y demás establecimientos similares, por lo que en estos casos la tasa aplicable será la del 16% a que se refiere el artículo 2o.-A, fracción I, último párrafo de la Ley.

Dados los anteriores fundamentos, tanto los pasteles como las galletas están afectas a la tasa 0%, salvo que se enajenen en restaurantes, caso en el cual están afectos a la tasa del 16%, como se indica anteriormente.

Pero no hace mencion como tratar el Iva Acreditable de las compras de la materia prima para hacer pasteles que son la mayoria a tasa 0%, esa es la gran duda !
 
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ivansalas76
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15/Jul/22 21:31
Re: Pasteleria Iva Acreditable en Gastos y Compras

Hola Jose fiscal,

Bueno, ha dado mucho de que hablar este tema por mucho tiempo, tal vez confundi mi respuesta, el Art. 10-A del Reglamento de iva, menciona que no se consideraran alimentos preparados para su consumo en el establecimiento, los productos de las panificadoras, incluyendo pasteles y galletas, por lo tanto llevan la tasa 0%, cuando llevan la tasa 16% es cuando son vendidos en restaurantes y otros comercios, pero no cuando se venden por las panaderias.

Saludos!
 
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MAESTHER
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