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21/Abr/22 16:53
DUDA EN PERDIDA FISCAL

Buenas tardes:

Mi cliente se encontraba en 2016 en servicio profesionales
En ese año obtuvo una perdida de $40,258
De 2017 al 2020 obtuvo utilidad fiscal
en 2021 yo opte por ir utilizando la perdida del 2016 en cada pago provisional hasta agotarla

ahora que trato de presentar la declaracion del 2021 no me deja poner el monto de la perdida que utilize que debo de hacer o es necesario anotarla en la anual

Por favor si alguien me pudiera orientar

actualmente mi cliente esta en el regimen de actividad empresarial y servicios profesionales


Editado: Abril 21, 2022 16:54:46
 
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sensor
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21/Abr/22 17:25
Re: DUDA EN PERDIDA FISCAL

La perdida de 2016 al no utilizarla en el ejercicio 2017 con utilidad, ya se perdió el derecho a utilizarla

según Art. 109 F.I [/b]Cuando el contribuyente no disminuya en un ejercicio la pérdida fiscal ocurrida en ejercicios anteriores, pudiéndolo haber hecho conforme a este artículo, perderá el derecho a hacerlo posteriormente hasta por la cantidad en que pudo haberlo efectuado[b]
 
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isegroup
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22/Abr/22 19:37
Re: DUDA EN PERDIDA FISCAL

TENGO EL CASO DE UNA PERSONA QUE TIENE PERDIDA FISCAL EN EL AÑO DE 2017,2018 Y 2019 EN 2021 SUMO LAS PERDIDAS DE ESTOS 3 AÑOS Y LAS EMPIEZO A APLICAR EN LOS PAGOS PROVISIONALES DEL EJERCICIO 2021 Y YA AHORA QUE ESTOY REALIZANDO LA DECLARACION ANUAL DEL 2021 NO ME AGREGAN LAS PERDIDAS SOLO AGREGAN LA DEL EJERCICIO 2020 QUE DEBO DE HACER ?
 
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sensor
Sargento Primero

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25/Abr/22 09:42
Re: DUDA EN PERDIDA FISCAL

PERSONA QUE TIENE PERDIDA FISCAL EN EL AÑO DE 2017,2018 Y 2019
tienes que presentar complementaria de 2019 para que en ese año aunque tienes perdida debes de capturar y actualizar las perdidas de 2017 y 2018
 
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isegroup
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26/Abr/22 11:14
Re: DUDA EN PERDIDA FISCAL

Tuve mismo caso, presente declaracion complementaria a inicios de mes mmm 8 de abril y fue hasta el 22 de abril que el sistema lo actualizo.... Tengo otros casos en los que no se tardo tanto tanto. Sugerencia presentala lo mas pronto posible para q tengas oportunidad de enviarla en tiempo
 
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AndyMoras
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28/Abr/22 13:04
Re: DUDA EN PERDIDA FISCAL

Buenas tardes:

Tu perdida de 2016 ya no puede ser habilitada por varias razones... pasaré a explicártelo:

1.- Primero debimos haber agostado esta perdida 2016 dentro de la declaración 2017, si prevaleció algún remanente debió haberse aplicado en los subsecuentes ejercicios 2018, 2019, 2020 y 2021.

Cuando no se realiza este procedimiento, se pierden las perdidas hasta por los montos que no se aplicaron y que DEBIERON o PUDIERON en su oportunidad por aplicar.

Recomiendo leer el articulo 57 de la LISR

2.- las perdidas deben informarse por completo en la declaración 2019

3.- En 2020 debe pre-cargarse lo referido en 2019 y luego simplemente actualizarlas

4.- Lo mismo sucedería para la declaración anual 2021.
 
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ers9727
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