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30/Mar/22 10:30
Recuperacion de impuesto predial?

Buenos días.

PM que en 2018 pagó y a la vez se amparó vs el impuesto predial, este 2022 le resulta favorable el amparo, por lo que el municipio le devolverá lo pagado mas actualizaciones.

Contable y fiscalmente cuál es el tratamiento correcto de las cantidades que recibirá por el impuesto y sus actualizaciones??

Agradezco de antemano sus comentarios.
 
 
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neonato
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31/Mar/22 10:44
Re: Recuperacion de impuesto predial?

Depende de tu manual de contabilidad interno, lo que he visto es que algunos registran la recuperación en la misma cuenta de gasto y la actualización en otros ingresos. Otros meten todo en otros ingresos. Eso, lo contable, lo fiscal puede ser distinto el tratamiento.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
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31/Mar/22 18:04
Re: Recuperacion de impuesto predial?

Legalmente y fiscalmente es una devolución por pago de lo indebido.

Saludos!
 
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legalgdl
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31/Mar/22 19:15
Re: Recuperacion de impuesto predial?

aunque no existe en la LISR la recuperación de impuesto predial, si dicho pago se dedujo en 2018 ahora se debe acumular

en cuanto la actualización es una ingreso contable no fiscal
 
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isegroup
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01/Abr/22 13:20
Re: Recuperacion de impuesto predial?

Buenas tardes.

Muy bien, entonces tenemos distintos criterios o experiencias:

1. Registrar la recuperación en la misma cuenta de gasto (abonando ahora que se recuperó)
2. Considerar el importe del impuesto mas su actualización a ingresos
3. Como legalmente y fiscalmente es una devolución por pago de lo indebido, se movería el asiento contable de 2018 para poder ahora manifestar esa recuperación.
4. Si dicho pago se dedujo en 2018 ahora se debe acumular, en cuanto la actualización es una ingreso contable no fiscal.

Analizando las opciones, considero en mi caso que aplicaré la número 4.

Agradezco sus comentarios.
 
 
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neonato
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