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23/Feb/22 10:20
PRESENTAR O NO PRIMA DE RIESGO

Buen día Compañeros foristas!

Tengo el caso de dos empresas por las cuales no sé si presentar o no la PRT este año:

Una empezó el año con dos empleados, los cuales para abril de 2021, se dieron de baja. La empresa no se ha dado de baja ante el IMSS, por lo cual sigue vigente. Esta empresa no está en su prima media, ya que apenas en 2021 se quedó sin empleados y tiene ya varias primas generadas desde que inició operaciones.

Otra, tiene solo un trabajador y cuando inició estuvo en la prima máxima de su clase (2020), pero se presentó prima el año pasado y bajó un punto.

En ambos casos no sé que hacer, ya que si presento sus respectivas primas, bajan un punto, ya que mencionan en la página lo siguiente y me genera confusión:

¿En qué supuesto puede un patrón optar por no presentar su determinación de la prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo?

Cuando el promedio de trabajadores durante el periodo de revisión sea menor a 10, en cuyo caso, podrá optar entre cotizar en la prima media de la clase que le corresponda o presentar su determinación.

¿En qué casos no se encuentran obligados los patrones para presentar la determinación de la prima?

Cuando al determinar su prima ésta resulta igual a la del ejercicio anterior, es decir, en caso de que el patrón se encuentre en la prima mínima de 0.50000 y sus trabajadores no sufrieran riesgos de trabajo, o bien si los tuvieron y en el cálculo se mantenga la prima máxima de 15.00000.

Espero me puedan orientar. Muchas gracias!
 
Lizzie
 
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lizzie1984
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27/Feb/22 17:13
Re: PRESENTAR O NO PRIMA DE RIESGO

Hola, Lizzie:

La empresa que estuvo sin trabajadores más de medio año (dices que desde abril), cuando tenga trabajadores nuevamente deberá cotizar con la prima media.
Por tanto, de esa no presentar declaración de RT.
Fund. Legal: Art. 32 Fr. VII RACERFI.


Otra, tiene solo un trabajador y cuando inició estuvo en la prima máxima de su clase (2020), pero se presentó prima el año pasado y bajó un punto.


Para este caso, si sus actividades iniciaron en 2020, en 2021 no debió presentar declaración de RT en 2021, salvo que haya iniciado como patrón desde el 1 de Enero de 2020.
Lo anterior, ya que debe estar del 1 de Enero al 31 de diciembre completo, para poder presentar la declaración de RT.

En este año, sí debería presentarla.

Recomendación:
Cuando estén en los supuestos de que puedan presentarla, siempre preséntala. Ya que si no tuviste accidentes de trabajo, la prima bajará un punto.

Si no la presentas, el IMSS te regresará a la prima media.

Saludos.
 
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo
 
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ngm
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21/Mar/22 13:00
Re: PRESENTAR O NO PRIMA DE RIESGO

siempre hay que presentar la declaracion anual de riesgo de trabajo, te evitas multas

Si no procede, pues presetaste algo que no procedia, pero no habra multa

Si hay situaciones para no presentar declaraciones, son muy especificas. Cuando no se tuvo trabajadores inscritos TODOS los 365 años, conservas la misma prima que viene cotizando

Hay otras situaciones, pero son menos probables que se presenten. Soy de la idea, siempre presenta la declaracion de riesgo de trabajo, si no procede, bueno no te podrian multar, solo desconocer la declaracion por improcedente
 
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad
 
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ers9727
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