11/Feb/22 11:24
RETENCION DE ISR POR PERSONAS MORALES A ARRENDADORES EN RESICO
Buen dia
Soy una persona moral que le retiene ISR DE RESICO A UN ARRENDADOR.
En los pagos provisionales me queda la duda en donde declaracr ese concepto.
1.- ISR Retenciones servicios profesionales /RESICO
2.- ISR retenido por arrendamiento de inmuebles.
Quisiera pensar que debe ser en el punto 1 porque aun y cuando sea arrendador su regimen acutal es RESICO.
Me podrian dar su opinion?
Muchas gracias.