23/Abr/22 10:26
Re: Ayuda Retencion 1.25% RESICO
Hola Jssleon:
Si es RESICO PF, no importa qué venda, rente, etc.
Solo por el hecho de ser una PF y tributar en el RESICO, cualquier operación que tenga con una Persona Moral, ésta le debe retener el %, ya sea que la persona física tenga actividad empresarial, arrendamiento, etc.
Si ya pagaste, debe cambiar la factura y devolverte la diferencia.
Si no se hace así, debes emitir la Constancia de Retención de ese 1.25% si tú eres la persona moral.
Lo que exime que se emita esa Constancia es que la retención venga en el CFDI.
Espero que mi comentario, sea de tu utilidad.
Saludos.
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo