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10/Ene/22 12:13
¿LLEVAR CONTABILIDAD EN EL RÉGIMEN DE ARRENDAMIENTO CON DEDUCCION CIEGA?

Buenas tardes, sigo teniendo la duda respecto al tema de si estas en el Régimen de Arrendamiento y optas por la deducción ciega ¿ porque llevar la contabilidad? En la reformas 2022 se elimino la excepción , pero lo peor es que en la Miscelánea de 2022 tampoco salio nada, me quedaba la esperanza de que se tuviera una regla.

¿ cual es su opinion?

Gracias
 
&CH
 
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anaili
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10/Ene/22 13:30
Re: ¿LLEVAR CONTABILIDAD EN EL RÉGIMEN DE ARRENDAMIENTO CON DEDUCCION CIEGA?

Eso solo es una opción para simplificar el cálculo y determinación del impuesto, no tiene porque eliminarse la obligación de la Conta. El IVA tampoco entra en deducción ciega y una obligación de la LIVA es llevar Contabilidad. No le veo la justificación a no llevar la Conta.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
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10/Ene/22 14:59
Re: ¿LLEVAR CONTABILIDAD EN EL RÉGIMEN DE ARRENDAMIENTO CON DEDUCCION CIEGA?

Hasta el año pasado, en el Artículo 118 de la LISR. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, además
de efectuar los pagos de este impuesto, tendrán las siguientes obligaciones:
I. Solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
II. Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.
No quedan comprendidos en lo dispuesto en esta fracción quienes opten por la deducción del
35% a que se refiere el artículo 115 de esta Ley.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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12/Ene/22 10:32
Re: ¿LLEVAR CONTABILIDAD EN EL RÉGIMEN DE ARRENDAMIENTO CON DEDUCCION CIEGA?

Bueno en mi opinión es una carga administrativa adicional.
Lo que pudiera registrar es el pago de los prediales que son considerados deducción, pero los ¿ gastos? .
En el caso del IVA, solo resto la RET DE IVA por las rentas.

En el caso de la DIOT, tenia la obligación de enviarla pero sin información, dado que no acredito ningún iva porque es deducción ciega.

Pero me parece que la autoridad no emitirá ninguna aclaración para este tipo de contribuyentes
 
&CH
 
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anaili
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17/Ene/22 12:29
Re: ¿LLEVAR CONTABILIDAD EN EL RÉGIMEN DE ARRENDAMIENTO CON DEDUCCION CIEGA?

Buenas tardes., seguí pensando sobre éste tema de la contabilidad, y entonces veo que el hecho de que me obliguen a llevarla, me beneficia por el lado de IVA; si registro gastos podre acreditar dicho IVA y así ver una disminución en mi pago .
Los gastos menores de $ 2000 pagarlos en efectivo y solicitar factura . Claro que ahora hay que llevar la conciliación.
 
&CH
 
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anaili
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