Hola buenos días, una pregunta
Una PM del régimen general de ley título II que en 2021 no pasará de 20 millones de pesos de ventas y que sus socios son personas físicas,
¿En 2022 le será obligatorio cambiarse al RESICO?
es obligatorio para quienes se ubiquen en cualquiera de los supuestos siguientes:
– Las residentes fiscales en México;
– Estén únicamente integradas por personas físicas; y
– Que sus ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no excedan de 35 millones de pesos o, si recién inician operaciones, estimen que sus ingresos no excederán dicha cantidad.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale