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29/Sep/21 09:57
Penalidades ¿deducibles?

Buenos días.

Contrato de arrendamiento, con clausula de penalidad por cancelación del contrato, tengo la duda si estas son deducibles fiscalmente.

El tema de la penalidad es que equivale a x cantidad de meses de renta, pero la penalidad recaerá en el arrendador, ya que es quien está cancelando el contrato.

Saludos.
 
 
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neonato
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29/Sep/21 10:32
Re: Penalidades ¿deducibles?

Art. 28 Fracc. VI LISR
 
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CP_PACO
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29/Sep/21 17:59
Re: Penalidades ¿deducibles?

Gracias Paco, duda aclarada.
 
 
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neonato
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29/Sep/21 18:33
Re: Penalidades ¿deducibles?

Al contrario... saludos
 
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CP_PACO
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