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21/Sep/21 14:45
INTERESES POR PRESTAMOS DE SOCIOS ´PERSONAS FISICAS A PERSONAS MORALES

Estimados,

esperando puedan apoyarme quisiera saber si ustedes han tenido una experiencia similar a la mía y puedan apoyarme con sus comentarios:

En la empresa donde laboro un socio de la misma dio un préstamo para la empresa al cierre del año pasado, sin embargo este año ha comenzado a generar intereses mismos que requieren ser cobrados y facturados por lo que he investigado :

En el caso de prestamos otorgados por una persona física a otra o a una moral, los intereses están gravados por la LIVA en términos de los artículos 1o, 14 y 17 de la misma, por lo que la persona física es un contribuyente de dicho impuesto, y debe emitir un CFDI al momento del pago de los intereses.

La persona moral tiene que efectuar la retención del IVA trasladado la persona física por el cobro de los intereses, de conformidad con los numerales 1-A, fracción II, inciso a) y 14 último párrafo de la LIVA, pues esta actividad no tiene la naturaleza de una actividad empresarial; por ende para IVA se considera como un servicio personal independiente.

y para ISR

Cuando los intereses pagados no sean provenientes del sistema financiero, los contribuyentes tienen que cumplir con sus obligaciones fiscales, en términos del Capítulo IX (de los demás ingresos que obtengan las personas físicas) del Título IV de la LISR, en donde la fracción II, del ordenamiento 142 indica que se consideran ingresos de este Capítulo a la ganancia cambiaria e intereses provenientes de créditos distintos a los señalados en el Capítulo VI del Título IV de la LISR.

Si los intereses son pagados por una persona moral del Título II o III de la LISR, esta retendrá un 35 % sobre el monto de los intereses acumulables como pago provisional

En este sentido entonces, entiendo que la factura si la debe emitir la Persona Física, pero con estas retenciones marcadas? y el ingresos se declararía hasta la declaracion anual, así como el acreditamiento por el IVA del cual la persona física no es afecto? ¿Este procedimiento es correcto?

Adicional a esto cabe mencionar es es única ocasión, ¿ consideran aumentar obligaciones dado que es una persona que tiene únicamente ingresos por sueldos, salarios y dividendos?

agradeceré sus comentarios, muchas gracias!
 
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annie19
Cabo

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02/Nov/21 00:49
Re: INTERESES POR PRESTAMOS DE SOCIOS ´PERSONAS FISICAS A PERSONAS MORALES

Hola, todo se lee muy bien, excepto el tema del acreditamiento del IVA en la PF. La PF es la que obtiene el ingreso, no el gasto, por tanto no es IVA acreditable sino trasladado.

La obligación se tiene que adicionar.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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