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11/Ago/21 11:13
NOTA DE VENTA

Buenos dias, tengo una duda , existe la obligacion de expedir un comprobamte simplificado o nota de venta , aunque este sea de un peso , si el cliente lo esta solicitando .
cabe mencionar que la ley dice:

Cuando los adquirentes de los bienes o receptores de los servicios no soliciten comprobantes de operaciones realizadas con el público en general, los contribuyentes no estarán obligados a expedirlos por operaciones celebradas con el público en general, cuyo importe sea inferior a $100.00 (cien pesos 00/100 M.N.), o bien, inferior a $250.00 (doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) tratándose de contribuyentes que tributen en el RIF, acorde a lo dispuesto en el artículo 112, fracción IV, segundo párrafo de la Ley del ISR.

gracias por sus posible comentarios.
 
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TOSTADAS1
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11/Ago/21 12:02
Re: NOTA DE VENTA

Buen día.

Es correcto, si el cliente proporciona su RFC y solicita el comprobante fiscal, se deberá expedir dicho comprobante independientemente del importe a facturar.

Saludos!!
 
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alfonso11
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