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04/Ago/21 12:51
LEY DE PUBLICIDAD EN MATERIA CONTABLE

Hola chicos, quisiera saber su opinión a cerca de la nueva ley de publicidad.

Como se ha estado viendo ahora las agencias de publicidad que trabaja con medios ahora no podrán ser intermediario entre el cliente y el proveedor, con ello la agencia ya no obtengrá ingresos y gastos por los medios.

Ahora bien en el caso de un cliente que acepta por medio de un contrato que la agencia siga pagando medios y ellos nos paguen por ello pero no hay una factura

¿como creen que van a manejar el tema de los medios en la faturación?

Espero que puedan ayudarme a platicarme sus opiniones.
 
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DIANALAURARUBI
Soldado

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06/Ago/21 17:16
Re: LEY DE PUBLICIDAD EN MATERIA CONTABLE

Pues sin factura es no deducible, no hay opción.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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06/Ago/21 18:10
Re: LEY DE PUBLICIDAD EN MATERIA CONTABLE

su opinión a cerca de la nueva ley de publicidad.
Nos podrías indicar en lo general a que se refiere?
 
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CP_PACO
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17/Ago/21 20:45
Re: LEY DE PUBLICIDAD EN MATERIA CONTABLE

Igualmente no estoy muy enterado de esta ley, pero por lo que entiendo, pretende que el medio (televisa, tv azteca, estaciones de radio, etc) deberá emitir la factura directamente al anunciante (coca cola, cloralex, bimbo, etc)

O en su caso (que creo que es lo que comentas) que se dé un tratamiento semejante al de gastos por cuenta de terceros, en el que igualmente la facturación se emita directamente al anunciante, y que la agencia gestione claramente los pagos

Ahora el problema fiscal que veo son los requerimientos de información que deben tener las facturas ya que son adicionales a los que ya conocemos, y otra es que a lo mejor esta pensada con ejemplo de medios tradicionales en canales ordinarios, pero muchos medios operar de formas distintas (agencias, brokers, preventas, precios preferenciales, etc) creo que la complejidad del cambio radica en que lado de la industria te encuentres, además de que los principales medios tradicionales son sociedades bursatiles que tienen políticas internas que hacen fricción con cualquier cambio, tan solo cambiar o dor alta al anunciante en lugar de la agencia dará mucho papeleo como cambio de contratos, verificaciones de 69-b, constancias de situación fiscal, etc., mucho esfuerzo adyacente
 
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AztkTax
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18/Ago/21 08:39
Re: LEY DE PUBLICIDAD EN MATERIA CONTABLE

Diana: revisando el tema se encuentra lo siguiente...

    Las agencias solo podrán adquirir espacios publicitarios por cuenta y orden de un anunciante y bajo un contrato de mandato, esto es, las agencias no podrán adquirir espacios publicitarios por cuenta propia para su posterior reventa.


    Cualquier descuento otorgado por el Medio a la Agencia debe ser transferido integralmente al Anunciante.


    El medio tendrá que enviar la factura por concepto de la venta de los espacios publicitarios directamente al anunciante, aún cuando la agencia realice el pago en su nombre.


    Entra en vigor a partir del mes de septiembre de 2021.
 
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CP_PACO
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