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23/Jul/21 11:11
¿Debo registrarme ante la STPS?

Buenos días

Soy una empresa (pm) que se dedica a la fabricación e instalación de ventanas, cancelería, y puertas para viviendas,

Para hacer las instalación uso a mi personal para acudir a la obra de mi cliente y realizar los trabajos que fueron contratados, en ningún momento mi personal se pone a dependencia o subordinación del cliente, siempre están bajo mi supervisión, los tengo dado de alta con mi registro patronal etc.

¿Tengo que registrarme ante el REPSE?
¿Que alcance o interpretación adicional se tiene de la frase 'Poner personal a disposición del contratante?

mi cliente me esta pidiendo que haga el registro, ya que, ellos aseguran que desde que se ingrese personal mio a las instalaciones de mi cliente, es motivo principal para hacer el registro.

todo esto es confuso,

Agradecería mucho sus comentarios.
Gracias
 
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kahuna
Cabo

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23/Jul/21 11:44
Re: ¿Debo registrarme ante la STPS?

Del sitio web del REPSE...

Deberán registrarse en el Padrón todas las personas físicas o morales que presten servicios o ejecuten obras especializadas y que para la realización de estas obras o servicios especializados pongan trabajadores propios a disposición del contratante. Para obtener el registro de las actividades especializadas en el Padrón las personas físicas o morales deberán demostrar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social y acreditar la naturaleza especializada de las actividades u obras que se pretenden registrar.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
General Brigadier

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23/Ago/21 12:22
Re: ¿Debo registrarme ante la STPS?

Hola,

De nueva cuenta surge la duda con el criterio que la autoridad esta tomando respecto a la frase '´Poner personal a disposición del contratante'

Cito:
'Recientemente la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ha expresado, a través del titular de la Unidad de Trabajo Digno, Alejandro Salafranca Vázquez, cuál es el criterio de la autoridad en torno a la obligación de registrarse en el Padrón de Servicios Especializados (REPSE).'
'Salafranca refirió que las actividades que deben inscribirse en el REPSE son aquéllas donde el contratista pone a disposición trabajadores propios en beneficio del cliente para prestar el servicio especializado, y que el concepto de “poner a disposición trabajadores” no responde a que el personal del contratista se encuentre sujeto a las órdenes o jerarquía del cliente, sino a que el trabajador se encuentre bajo el techo del cliente.

“Si tu personal está dando un servicio a un cliente bajo el techo de ese cliente, está en términos de esta Ley a disposición del cliente, porque a disposición del cliente no significa estar bajo órdenes, jerarquía o autoridad del cliente, puesto que, si aconteciera esto, sería una subcontratación de personal. La definición de puesta a disposición que aplicaba en términos fiscales se derogó”, detalló el funcionario en entrevista

Ayuda por favor,
Hay mucha controversia en ese punto

Gracias
 
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kahuna
Cabo

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23/Ago/21 14:09
Re: ¿Debo registrarme ante la STPS?

Buenas tardes, ante este nuevo criterio estan involucrando a muchisimas mas empresas. Por ejemplo yo trabajo con una empresa que se dedica a construir o dar mantenimiento a estaciones de servicio o gasolineras. Con eso ya caeria en el supuesto de tener que inscribirla en el REPSE?
O una empresa que fabrica maquinaria para lineas de produccion, tiene que ensamblarla en la fabrica del cliente aunque todo el proceso de fabricacion se llevo a cabo en sus propias instalaciones.
Ahi cual seria la recomendacion?

Gracias
 
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LERUIZV
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23/Ago/21 14:19
Re: ¿Debo registrarme ante la STPS?

que el concepto de “poner a disposición trabajadores” no responde a que el personal del contratista se encuentre sujeto a las órdenes o jerarquía del cliente, sino a que el trabajador se encuentre bajo el techo del cliente.


Bajo esta interpretación invariablemente habría que proceder con el registro en el REPSE
 
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CP_PACO
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23/Ago/21 17:44
Re: ¿Debo registrarme ante la STPS?

criterio_de_bajo_un_mismo_techo_stps_se_da_tiro_en_el_pie

https://www.fiscalia.com/publicaciones/16160?&utm_source=newsletter&utm_medium=email&utm_campaign=enterate_ahora_criterio_de_bajo_un_mismo_techo_stps_se_da_tiro_en_el_pie&utm_term=2021-08-23
 
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vabdo
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28/Ago/21 11:16
Re: ¿Debo registrarme ante la STPS?

Creo que le será muy útil a otros también.
 
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EngraciaCarbajalTejeda
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31/Ago/21 13:30
Re: ¿Debo registrarme ante la STPS?

Como suele suceder, de ultima hora hay que hacer registro en el repse de un contribuyente. Tuve un caso en que salio la opinion negativa en infonavit, se termino de hacer el registro del REPSE y luego se genero el formato de pago en infonavit para liquidar el adeudo que aparecia.
Mi duda es si dentro de los 20 dias que tiene la STPS no ha quedado actualizada la opnion del infonavit se cancela el tramite o dan oportunidad para corregirlo.
Y otra duda, que pasa si hay empresas que despues del 1 de septiembre les avisas que si tienen que hacer su registro? todavia se va a poder? no deberia haber problema mientras no efectuen servicios especializados supongo.

Gracias de antemano
 
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LERUIZV
Sargento Segundo

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31/Ago/21 13:55
Re: ¿Debo registrarme ante la STPS?

Deberán registrarse en el Padrón todas las personas físicas o morales que presten servicios o ejecuten obras especializadas y que para la realización de estas obras o servicios especializados pongan trabajadores propios a disposición del contratante.

Editado: Agosto 31, 2021 13:56:14
 
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CP_PACO
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19/Feb/22 13:34
Re: ¿Debo registrarme ante la STPS?

Tienes un blog muy bueno para este asunto. Hoy en día los artículos escritos por tales escritores como usted no son bastante frecuentes, los vi sólo en https://ejemplius.com/muestras-de-ensayos/homicidio/, Esa es la razón por la que hoy la gente no lee lo suficiente sobre las actividades futuras. Y los resultados son bastante tristes por ello

Editado: Febrero 22, 2022 08:33:30

Editado: Febrero 22, 2022 08:34:11
 
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EngraciaCarbajalTejeda
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